Skip to main content

IA: FLEXIBILIDAD SÍ, JORNADA SIN LÍMITES NO

Los jueves de IA capítulo VII

Teletrabajo y desconexión digital. La IA no puede borrar la frontera entre tu trabajo y tu vida.

La Inteligencia Artificial cambia la forma de trabajar, pero no cambia los derechos laborales. Ninguna herramienta tecnológica permite modificar la organización del trabajo, la jornada o las condiciones laborales sin negociación colectiva. El riesgo inminente es que la tecnología se utilice como excusa para modificar la organización del trabajo de forma encubierta y sin las garantías necesarias.

Teletrabajo y desconexión digital son dos caras del mismo derecho: proteger el tiempo personal. Debemos garantizar estas medidas para proteger la salud de la plantilla. La Ley 10/2021 deja claro que el trabajo a distancia es voluntario y requiere acuerdo entre las partes. Debe garantizar las mismas condiciones que el trabajo presencial, incluida la compensación de gastos, el respeto a la jornada y el derecho efectivo a desconectar. El teletrabajo potenciado por IA no debe convertirse en una herramienta de aislamiento; es fundamental entender este cambio para reducir el miedo y construir un camino compartido. 

Una notificación fuera del horario laboral es trabajo. Si la envía un algoritmo, la responsabilidad sigue siendo de la empresa. La IA no puede convertir la disponibilidad permanente en una obligación ni vaciar de contenido el derecho a la desconexión digital. La tecnología debe servir para conciliar nuestra vida personal, no para monitorizar al empleado en su hogar. 

La experiencia de quienes ya teletrabajan debe formar parte de las decisiones sobre su organización. El teletrabajo no puede gestionarse mediante algoritmos ni resolverse con decisiones unilaterales. 

El artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho de la representación legal a ser informada de los cambios organizativos. Además, la normativa europea sobre Inteligencia Artificial exige mantener la supervisión humana de las decisiones que afectan a las personas. La organización del trabajo, la asignación de tareas y la evaluación profesional deben seguir dependiendo de personas, no de algoritmos. 

Por ello, USO propone crear una Comisión Mixta de Teletrabajo que determine los puestos susceptibles de trabajo a distancia y supervise su implantación, junto con un catálogo objetivo de funciones “teletrabajables”, entre ellas redacción, edición, documentación o visionado. 

El problema no es la Inteligencia Artificial. El problema es utilizarla para alterar jornadas, cargas de trabajo o sistemas de control sin negociación colectiva y sin garantías. Eso no es innovación. Es una vulneración de los derechos laborales. 

Con USO, la tecnologIA avanza, las garantIAs también.