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Eliminación de requisito de año de experiencia.
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Los aprobados de los exámenes realizados pueden optar a mantener la nota o presentarse de nuevo, perdiendo la nota anterior.
- Todo aprobado del examen teórico pasará al examen práctico. Con un máximo de 800 personas.
- La suma de méritos se realizará a los aprobados de ambos exámenes.
- La baremación de la experiencia pasa a computar por meses y no por años. (Para el P3= 0,76pts/mes misma OT). Con una puntuación máxima por experiencia de 55 puntos.
- Se modifica el porcentaje de valoración de las pruebas a un 70% y méritos un 30%.
- Se avisará con al menos 15 días la fecha de examen.
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Inés Hernand
Inés Hernand es de esa clase de no-periodistas que piensan que todo vale para captar a la audiencia. Quizá sea así, pero no en una televisión pública, que es de todos y para todos y que debe ser escrupulosa en su comportamiento, respetuosa con las creencias y convicciones de todos los ciudadanos, neutra, imparcial y plural.
El amarillismo y el populismo informativo de la Sra. Hernand que se lo quede para ella; o para su blog o canal, pero fuera de la radiotelevisión pública. En otros medios públicos europeos serios ya estaría buscando empleo.
¿Pactos de rodaje? ¿Que Pactos?
Dice el artículo 55 del actual convenio colectivo firmado por UGTSI: los pactos reguladores de las condiciones de trabajo en procesos productivos de larga duración y PREVISIBLES CON ANTELACIÓN deberán ser negociados con la RLT, en el ámbito correspondiente, con una ANTELACIÓN MÍNIMA DE DIEZ DÍAS al inicio del evento…
El pasado día 31 de enero, la dirección convocó a la RLT a una reunión con objeto de presentar un nuevo modelo para regular los pactos de rodaje de futuro y la dirección confirmó que no había pacto previsto ni para ese evento ni para las elecciones gallegas. En ese momento, faltaban solo 4 días para que finalizase el Benidorm Fest y ya había compañeros desplazados para cubrir las elecciones en Galicia.
En el transcurso de esa reunión, la empresa cambia de postura y sugiere que se haga un pacto. Idea aceptada, en ese momento, solo por UGT. El resto de sindicatos lo rechazamos con el argumento coherente de que no se puede negociar cuando los plazos han finalizado.
Mientras, a los compañeros que estaban trabajando en Benidorm nadie les comunicó si había pacto o jornadas de rodaje, aunque algunos directivos allí presentes les dijeron que sí iba a firmarse un pacto.
El día 6 de febrero fuimos convocados a la siguiente reunión con un único punto en el orden del día para seguir negociando el nuevo modelo de pactos de rodaje. Sin embargo, la reunión comenzó con la propuesta por parte de la dirección de aprobar un pacto de rodaje para Benidorm (a toro pasado) y otro para las elecciones en Galicia.
Y así fue: se aprobó un “pacto de rodaje” para cada evento. “Solo hemos tardado hora y media” comentó alguien de los firmantes. “Extraordinario”. En nuestra opinión, no tanto. Podían haber tardado 5 minutos, ¿Por qué? ¿Qué había que negociar? ¿El operativo de un evento ya finalizado? ¿Los planes de trabajo? ¿Condiciones? ¿A esto le llaman pacto?
Puede parecer que la firma de un pacto, a posteriori, evita un mal mayor a los trabajadores. Pero USO cree que nada más lejos de la realidad, firmar cuando el evento ya ha acabado o ya está comenzado, no solo dinamita el carácter de un pacto, sino también el de la negociación. Se acabó, hechos consumados.
Los sindicatos firmantes (UGTSI y CCOO) están legitimando algo que, simple y llanamente, no se puede admitir y abriendo una puerta muy peligrosa, ¿qué impide que esto no vuelva a suceder en el futuro?
Y lo peor es la indefensión en la que deja a los trabajadores indignados que no saben, a priori, cuál es su compensación y sus obligaciones, y les surge la pregunta obvia: ¿estoy obligado a aceptar este pacto? USO puede recurrir a la vía judicial para defender los derechos de estos compañeros, pero esta vía, y lo sabe muy bien la empresa y el resto de sindicatos, es muy larga en el tiempo y, al final, incluso ganando, cada trabajador afectado tiene que reclamar de manera individual. Esta es la situación real.
USO se compromete a no negociar, y menos firmar, un pacto fuera de los plazos legales establecidos en Convenio.
Por eso hemos solicitado por escrito el calendario de los próximos eventos con posibilidad de pacto de rodaje que implique la negociación de un pacto de rodaje, para exigir con tiempo suficiente su negociación (te adjuntamos los documentos).
Desestimado conflicto colectivo USOC
El Juzgado de lo Social n.º 1 de Terrassa ha desestimado el conflicto colectivo presentado por USOC sobre el acuerdo del 1993 que afectaba a todos los compañeros que entraron a trabajar en el centro de producción de Sant Cugat.
Para vuestra información y como consta en la sentencia, ningún sindicato se adhirió a la demanda en defensa de los trabajadores, por lo tanto, se da por hecho que estaban de acuerdo con la empresa, y más cuando este fue uno de los argumentos fuertes de defensa por parte de la empresa.
El ll convenio firmado en el 2013, se produjo una rebaja del 50%, y en el lll, firmado en 2020, se derogó totalmente el acuerdo del 1993. El convenio fue FIRMADO POR UGT Y EL SI
Se entiende el motivo de no hacer presencia en el juicio y menos a dos días de las votaciones de las elecciones sindicales. Mejor estar al lado de la empresa.
“En el juicio, CRTVE sostuvo que el Acuerdo de 4-2-1993, no otro, había perdido vigencia con ocasión de la DD del III CC, que “suprimía” la reducción del II CC. Y lo que allí, con mayor o menor acierto, se dijo es que la Disposición Derogatoria del III CC CRTVE había suprimido el Acuerdo de 4-2-1993, pero en cuanto a la diferencia entre los 30 km que percibía el actor y los 60 km que reclamaba. Nada más, pues ello era lo que afectaba al Acuerdo de 4-2-1993, sin que en aquel asunto se hablara, en momento alguno, de condición más beneficiosa. Y lo que se dijo es que el Acuerdo de 4-2-1993, en el II CC y en el III CC, quedaba derogado (en cuanto a los 60 km., insisto, no sobre otra cosa) al no estar contemplado en las “excepciones explícitas” de la norma convencional. Es decir: se denegó el derecho a lo percibido (30 km) y lo reclamado (60 km) por el actor, pero siempre en referencia al Acuerdo de 02/1993, sin que se hablara en la misma, por ejemplo, de lo pactado en 07/2013.
La Disposición Derogatoria del III CC suprime la reducción operada por el II CC y, por lo tanto, al no mantenerla, tampoco sigue operativo el Acuerdo de 4-2-1993 (como tampoco el de julio de 2013), y así lo comunicó el 24-4-2023 al Comité de Empresa. Por lo tanto, se trata, como telón de fondo, de la aplicación o no de la Disposición Derogatoria del III CC para dejar sin efecto a los acuerdos de 1993, primero, y al 50% abonado por pacto en 2013, después.
Es más: la decisión de la empresa, comunicada el 24-4-2023, es de alcance colectivo (grupo de trabajadores afectado en su día por el traslado a Sant Cugat) y afecta a la supresión de una compensación económica en su día pactada, que suprime definitivamente, lo que, entiendo, es una modificación sustancial en materia retributiva (SSTS 28-1-2020, rec. 176/2018 y 20-6- 2023, rec. 1757/2020).”
El gabinete jurídico de USOC informa que se deja la puerta abierta a demandas individuales, no solo del tema Kilometrajes, (que reflejaba el acuerdo de 1993), que se consiguió con muchos plantes de compañeros para conseguirlo en esa época, sino también a otros puntos del acuerdo.
Seguiremos informando de cuándo y cómo.
De nuevo iguales
USO celebra el reciente acuerdo entre la Corporación RTVE y Telefónica Audiovisual Digital, que establece la distribución de los canales (La 1, La 2, Canal 24 Horas, Clan y Teledeporte) en la plataforma Movistar Plus+ durante los próximos tres años.
Este acuerdo representa un avance significativo, especialmente para las comunidades autónomas que anteriormente no tenían acceso a la emisión de su señal territorial a través de Movistar Plus+. Esta situación suponía un importante agravio para la imagen y el trabajo realizado desde cada uno de los 11 Centros Territoriales (Madrid, Castilla y León, Aragón, Murcia, Extremadura, Asturias, Baleares, Navarra, La Rioja y Cantabria) que no contaban con esa posibilidad.
USO se congratula por esto, que no solo implica un aumento en la difusión de los contenidos de RTVE, sino que también representa un paso hacia la igualdad de acceso a la información en todas las regiones, contribuyendo a fortalecer la cohesión y vertebración de nuestro país.
Solo a través de los Centros Territoriales se puede destacar la identidad local, las tradiciones de cada territorio y los distintos acontecimientos sociales y culturales propios de cada región. Desde la Libertad y la Igualdad de todos.
Elecciones al Gobierno de Galícia
En el operativo para cubrir las elecciones al gobierno de Galicia, lo primero que llama la atención es el elevado número de trabajadores desplazados desde los Servicios Informativos de Madrid. Y es mucho más llamativo que se haga cuando acaban de incrementarse las contrataciones para el Centro Territorial en un número nunca visto, lo que ha llevado a que en Redacción se hayan tenido que habilitar nuevos puestos de trabajo.
Lo segundo, la falta de información y transparencia a la plantilla del Centro sobre el dispositivo electoral y de la llegada de los refuerzos. Ello ha provocado que en algún momento un operativo del Telexornal estuviese ocupado por compañeros de Madrid, lo que ha provocado problemas para el montaje de alguna noticia. ¿Tan difícil habría sido informar de estas circunstancias y planificar alternativas?
Esa abundancia de personal de fuera de Galicia ha provocado algún error informativo que da para chanzas. En el TD Matinal se ha escuchado con estupefacción que Feijóo estaba en «Ponteaéreas» (¡¡??). ¿Alguien sabe dónde está eso? ¿Aéreas Argentinas? Ningún redactor de Galicia le hubiese llamado así a esa villa de Ponte…vedra.
Y esto sucede porque se envía a redactores con mucha voluntad, pero lejanos a la realidad de aquella tierra y de la lengua de la misma. Compañeros todos que esperamos sientan la morriña, que metan un pie en el mar que rodea las Cíes, que vean la Santa Compaña (porque existir existe), que prueben el caldo de osos (y no hace falta matar a un plantígrado para comerlo), y que sepan diferenciar Trabada de Taboada.
Desde USO pedimos e esiximos respecto, a esta Comunidade e a todas. E os compañeiros que día a día traballan alí.
Sobre los Pactos de Rodaje
Por fin, y después de mucho insistir por nuestra parte en la negociación de anteriores pactos de rodaje, la empresa ha facilitado a todos los sindicatos un documento para negociar la nueva forma de aplicar los mismos en una reunión mantenida el pasado miércoles día 31 de enero.
Desde USO hemos elaborado la PROPUESTA DE PACTO RODAJE ORDINARIO, un documento con nuestras reivindicaciones que garantizan y perfeccionan los derechos de los trabajadores en función de la legislación actual. Documento que os pasamos a continuación y que os animamos a mejorar con vuestras aportaciones a nuestro correo uso@rtve.es
Para USO, mientras este documento no sea de aplicación, se debe seguir procediendo como en el pasado. Esto es, se debe negociar operativo a operativo, cosa que no se ha hecho para los compañeros que han estado trabajando en el Benidorm Fest ni están ahora mismo en los Premios Goya a celebrar en Valladolid, además de las elecciones en Galicia.
Pactos de Rodaje
Mañana tenemos reunión con la dirección de Recursos Humanos para, por fin, modificar el modelo de los Pactos de Rodaje.
Esta reunión es el resultado de las propuestas que USO ha llevado insistentemente a las negociaciones de los últimos pactos.
Nuestras exigencias son las siguientes:
-Eliminación del punto que posibilita PLANIFICAR sin atender a las 12 horas de descanso. -Cuando la duración del tiempo del pacto supere los 10 días, descanso, inmediato y automático de 2 días seguidos a la incorporación al lugar de trabajo habitual y el resto del tiempo de descanso generado deberá aparecer en la bolsa de horas. -Si el pacto ha tenido una duración inferior a 10 días, cuando el trabajador vuelve a su puesto habitual, puede trabajar hasta completar los 10 días, no más. -Comunicación por escrito al trabajador de su incorporación a la situación de pacto de rodaje, junto con el texto de dicho pacto.
Todo esto de momento y a la espera de las novedades que se produzcan.
Conflicto Colectivo
En el Centro de Producción de Catalunya se ha venido aplicando un acuerdo firmado en el año 1997 entre la dirección del Centro y el comité de empresa para compensar el mayor tiempo empleado en el desplazamiento a y de Sant Cugat. Esto se ha estado pagando sin ningún problema hasta recientemente un buen número de compañeros nos ha informado que la empresa ha dejado de hacerlo.
¿Y ello por qué? Según nos comunicó la Dirección Corporativa, es porque el vigente III Convenio Colectivo deroga «todos los convenios, pactos, acuerdos, compromisos y estipulaciones anteriores, en la Disposición Derogatoria.»
En USOC acabamos de presentar una demanda de Conflicto Colectivo esta mañana en contra de esta medida de ese punto del Convenio (pulsa sobre la imagen para leer el texto de la demanda). USOC recuerda que este no ha sido firmado por nuestro sindicato.
Los sindicatos firmantes del III Convenio Colectivo de la Corporación RTVE son UGT/SI. ¿Tendrán alguna justificación sobre este tema? ¿Eran conscientes de lo que firmaron a sabiendas de que quitaban un derecho a los trabajadores de Sant Cugat de más de 30 años? ¿Fue a cambio de algo que no pueden decir?