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RECONOCIMIENTO PROFESIONAL SÍ. ARBITRARIEDAD NO.

Durante años, trabajadores de RTVE han desempeñado funciones correspondientes a grupos o subgrupos profesionales superiores sin obtener el reconocimiento profesional correspondiente.

Esa realidad debía tener respuesta.

Por eso USO firmó la Disposición Transitoria Undécima del III Convenio Colectivo, que hizo posible esta promoción extraordinaria. La defendimos entonces y la seguimos defendiendo ahora: quienes han asumido y acreditado funciones superiores deben tener una oportunidad real de promoción profesional.

Pero defender la promoción extraordinaria no significa aceptar cualquier forma de ejecutarla.

Las reglas acordadas deben cumplirse. Los requisitos profesionales deben respetarse. Los méritos y las funciones deben acreditarse con criterios objetivos y homogéneos. Y las decisiones deben poder explicarse y justificarse.

USO no pretende paralizar el proceso. Pretende exactamente lo contrario: que llegue hasta el final con seguridad, transparencia y garantías para todos los participantes.

No aceptaremos interpretaciones interesadas, excepciones diseñadas para casos concretos ni criterios que alteren lo pactado. Tampoco que un procedimiento excepcional termine convirtiéndose en una vía para eludir los requisitos establecidos para la promoción profesional en RTVE.

La promoción extraordinaria nació para reconocer derechos y corregir situaciones acumuladas durante años. No puede utilizarse para crear otras nuevas.

Reconocimiento profesional, sí. Arbitrariedad, no.