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HORARIOS I DESCANSOS – ART 43 CONVENIO COLECTIVO

Según el convenio de CRTVE, existen unas normas referentes a los desayunos, almuerzos y cena, aquí los describo según el documento original:
  1. Horario continuado: es aquel en el que se realiza el trabajo en un solo bloque de tiempo en un periodo de 24 horas, sin pausa, salvo un descanso de 15 minutos que se considerará como tiempo de trabajo. Podrá ser de mañana, tarde o noche.
  2. Horario con pausa para la comida o cena: es aquel en el que se desarrolla en dos bloques temporales en un periodo de 24 horas con una pausa mínima de una hora para comer o cenar.
    En el caso de que las necesidades del servicio o del desplazamiento impidan parar para comer o sea necesario estar localizado durante ese tiempo, se disfrutará de 20 minutos para la comida y/o cena que serán computados como tiempo de trabajo. Esta situación deberá estar autorizada por Recursos Humanos.
    RNE BCN: En los centros de trabajo que no dispongan de comedor, el tiempo de pausa se podrá ampliar 30 minutos y serán recuperables como tiempo de trabajo. Vosotros también tenéis derecho a una compensación económica mensual si en vuestro horario tenéis derecho a comida, debido a no tener servicio de comedor, que podéis reclamar a RRHH.
  3. Como REGLA GENERAL tendrán derecho a desayuno (15 min), comida (1h) o cena aquellas personas que tengan asignado horario con pausa para comida o cena y cuya jornada comience o termine en los intervalos temporales que a continuación se regulan:
  • Desayuno: se tendrá derecho a desayuno cuando la jornada laboral o parte de la misma esté comprendida en el margen temporal entre las 4:00 a.m y las 7:00 a.m.
  • Comida: se tendrá derecho a comida en los casos cuya jornada comience antes de las 13:30 y finalice después de las 15:30.
  • Cena: se tendrá derecho a cena cuando la jornada comience antes de las 21:00 y finalice después de las 22:30.
Aplicando las reglas anteriores, tienes derecho a desayunar 15 min si:
  • Tu jornada laboral está comprendida entre las 4 y 7 a.m … o sea, que hagas de 5 a 12h, por ejemplo.
  • Tu jornada laboral empieza antes de las 13:30 y acaba después de las 15:30
Por lo tanto, tienes derecho a desayunar también si tu jornada laboral termina a partir de las 15:30, sabiendo que el bar abre de 8 a 10:30. Por poner un ejemplo casual, el horario de 10 a 18h.
Así como teóricamente, no tienes derecho a comida si tu horario es de 8 a 15h, salvo autorización previa, y de 20 minutos.
En los casos en los que se establezcan turnos que incluyan la comida y cena, la segunda pausa se realizará como máximo en 20 minutos

Horario nocturno: es el realizado en la franja horaria de noche y, concretamente, el comprendido entre las 22:00 y las 07:00.

Las personas que desempeñen su trabajo en la franja de noche lo harán en horario continuado y de forma rotativa por períodos de tiempo no superior a las dos semanas, salvo adscripción voluntaria. Estas personas estarán sujetas a un régimen de variabilidad horaria.

Se considerará personas con trabajo nocturno aquellas que realicen normalmente una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo en el horario arriba indicado, así como aquellas que se prevea que pueden realizar en tal período una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual. La prestación de servicios en horario de noche llevará asociada una retribución específica.

Régimen de descansos:

El descanso mínimo entre jornadas será de 12 horas. Salvo casos excepcionales se retrasará la entrada al trabajo el siguiente día laborable para quienes no hayan observado tal descanso, manteniéndose el horario de salida.

Todas las personas trabajadoras, de manera genérica, disfrutarán de un descanso semanal de dos días en los fines de semana, a menos que por la singularidad de su jornada requieran otras pautas de descanso, todo ello de conformidad con lo previsto en la legislación vigente en materia de prevención y salud laboral.

Los días libres acumulados por festivos trabajados deberán librarse antes de un año desde su generación, y las horas extraordinarias compensadas con descanso dentro de los cuatro meses desde su generación, excluyendo en este periodo las bajas por enfermedad o accidente, madre biológica y del otro progenitor, y excedencia por cuidado de familiares. En estos últimos casos se disfrutarán una vez terminadas estas situaciones atendiendo a las necesidades del servicio.

Nuevo aumento de la temporalidad en RTVE, ya estamos en el 34%!!!!

USO vuelve a informaros de la evolución de la plantilla.

Como advertimos hace años, la evolución de las edades y la jubilación asociada, está conformando la plantilla actual. Hasta hace no mucho tiempo el número de contratados no podía exceder del 10% de la plantilla de fijos. Es fácil comprobar que el cumplimiento de ese condicionante normativo ha saltado por los aires y los contratos se están realizando con bastante alegría.

Aumentar la plantilla siempre es positivo y así lo valoramos en USO. Pero es necesario que ese aumento de trabajadores venga acompasado con una internalización real de la producción. Cosa que no está ocurriendo. La situación, todavía no aclarada, de las oposiciones, ni debe ni puede ser justificación para este descontrol.

Adjuntamos PDF con las gráficas que hemos elaborado y la nota final.

Proyecto HAZ: auditoría ya

Debe realizarse una auditoria urgente en El proyecto HAZ.

El periódico ABC ha publicado un artículo este pasado sábado titulado “La gestión de RTVE pone en peligro una subvención de 76 millones de fondos europeos”, acerca del “Proyecto HAZ”, destinado a la formación en el mundo digital.

Con los fondos europeos no se puede subcontratar más del 50% del importe del mismo, el resto tiene que ser cubierto con materiales y personal de la propia Corporación.

Adjuntamos PDF con la nota completa.

Video elecciones sindicales Catalunya vetado

ESTE VIDEO QUE SE IBA A PONER EN 3 MONITORES CONCEDIDOS POR LA EMPRESA PARA QUE TODO TRABAJADOR LO PUDIERA VER, HAN SIDO VETADOS POR LOS DEMÁS SINDICATOS, PERO, AQUÍ LO PODÉIS VER.

TE PEDIMOS QUE DEDIQUES 4 MINUTOS DE TU TIEMPO PARA QUE PINCHES EN EL ENLACE DE ESTE VIDEO, LO VEAS Y REFLEXIONES

TELETRABAJO

Bien está lo que bien acaba. Un dicho que viene como anillo al dedo en estos momentos. Parece increíble que ahora se apunten otros sindicatos a la necesidad de regular el teletrabajo cuando todos tenían serias dudas y ninguna gana de regular este tipo de trabajo a distancia, que nos vino obligado por la pandemia.
USO siempre ha creído que era bueno para los trabajadores y para la empresa. Para aquellos trabajadores que pudiesen ejercer su trabajo de esta manera, siendo conscientes de que no sirve para todos. Mientras nosotros fuimos por dos veces a la Audiencia Nacional a defender este derecho, otros lo veían (vamos a decirlo en pasado, visto lo visto) como una pérdida de influencia y de control sobre los trabajadores a la hora de gestionar los mensajes y arengar a las masas.
Desde el minuto uno hemos presentado propuestas, por escrito y registradas (exactamente 72 páginas de propuestas), con el ánimo de favorecer la conciliación, el ahorro de tiempos y de gastos y la mayor felicidad posible para muchos compañeros. No olvidemos que no solo hay que poder trabajar en este sistema, sino que tiene que ser absolutamente voluntario para el trabajador. Ahora se nos unen en este deseo otros sindicatos. Bienvenidos. Nunca es tarde si la dicha es buena, por seguir con los dichos.

Primero soluciones, después depurar responsabilidades

En respuesta a la sentencia de la Audiencia Nacional y la tormenta que se ha desatado, potencialmente perjudicando a cientos de compañeros contratados y a otros tantos aspirantes a obtener un puesto de trabajo en la Corporación, la presidenta interina ha actuado de acuerdo con su carácter: con malos modos y buscando cortar cabezas… de otros. Se repite lo de siempre: no hay plan, no hay proyecto, no hay opciones, salvo denostar todo lo que otros han hecho.

En una situación tan gravosa para las personas y tan perjudicial para la reputación de RTVE lo primero que hay que hacer es buscar soluciones que permitan que la convocatoria continúe con garantías y el menor daño para todos. USO advirtió de los riesgos que se asumían al unificar contra natura una oposición libre y una convocatoria para la consolidación de empleo. Nadie nos escuchó. Intereses sindicales y las consecuentes presiones sobre la dirección hicieron que la presidenta interina, necesitada de apoyos, forzara un acuerdo que ella avaló, suscribió y firmó. Ahora pretende liquidar a otros, cuando es ella la máxima responsable.

¿Hay otros responsables? Claro que sí. Los hay y con responsabilidad directa, empezando por Verónica Ollé, la amiga inseparable de Sánchez, jefa de gabinete y juez de lo Social.

Xavier Obach, el que fuera segundo de Fran Llorente y que Sánchez nombró subdirector de Transformación, cogió directamente las riendas de la convocatoria por encima de RR.HH. y la Dirección Corporativa y ha venido actuando como supervisor de todo el proceso.

¿Dejó en el rincón la presidenta Interina a Marta Pérez Pertejo, directora responsable de asuntos laborales en la Asesoría Jurídica? ¿o no fue así? Si informó favorablemente a la presidenta interina de la corrección de la convocatoria, tendría que responder ante ella.

Pablo Galán, anterior director de RR.HH. y su segunda Minerva López huyeron de mala manera, quizá porque conocían a la perfección el lío en el que se habían metido, siguiendo las órdenes de la corona interna, y que la bola era cada vez más grande y el atropello se veía venir.

Si hay que buscar responsables los hay y muy directos, empezando por la que firmó la convocatoria y que no es otra que Elena Sánchez, la misma que instigó las condiciones ahora tumbadas por la justicia. Los hay más abajo, claro que sí, pero los siguientes máximos responsables son los amiguitos de la señora. Más abajo queda algún otro responsable directo que quizá debería optar por jubilarse o desvincularse o dimitir, pero si hay que cortar cabezas, que sea en modo descendente, no sea que la jerarquía sirva para cobrar, pero no para asumir responsabilidades.

 Y terminamos como empezamos: primero las soluciones. Desde USO os adjuntamos las propuestas básicas para una convocatoria responsable.

Elecciones autonómicas 28M 2023

USO te resume los permisos a los que tienes derecho si eres miembro de mesa o trabajas en las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo.

Los colegios o locales electorales abren de 9:00 a 20:00 horas.

Si te han designado miembro de una mesa electoral, tienes los siguientes derechos y permisos:

–    Permiso retribuido el día de las elecciones si te toca trabajar, así como reducción de cinco horas en la jornada del día siguiente (lunes 29 de mayo).

–    Estás protegido por la Seguridad Social ante cualquier tipo de contingencia que pueda ocurrir el día de las elecciones.

–  Percibes una dieta de 70 €. En el caso de ser suplente, esta dieta solo la cobrarás si finalmente tienes que estar en la mesa.

Además, deberás pedir un justificante a la Junta Electoral de Zona para presentar a tu empresa.

¿Qué permisos tengo para ir a votar el 28M? Varía según la comunidad autónoma en la que trabajes.

En Extremadura, Galicia, Castilla-La Mancha, Comunidad de Madrid, La Rioja, Aragón, Murcia, Andalucía, Comunidad Valenciana, Principado de Asturias, Navarra y las Islas Canarias:

–    Sin permiso si la jornada laboral no coincide con la votación (de 9 a 20 horas) o sí coincide menos de 2 horas.

–    2 horas de permiso retribuido si la jornada laboral coincide con la votación entre 2 y 4 horas.

–    3 horas de permiso retribuido si la jornada coincide con la votación entre 4 y 6 horas.

–    4 horas de permiso si la jornada laboral coincide 6 o más horas con la de votación.

–  Cuando el trabajo se preste a tiempo parcial, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso retribuido.

En Castilla y León, Cantabria y Cataluña:

–  Las personas que trabajen el día de las elecciones dispondrán en su horario laboral de hasta     4 horas libres para ir a votar. Este permiso será retribuido. Cuando el trabajo sea en jornada       reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso.

En el Pais Vasco:

Las personas trabajadoras, cuya jornada laboral habitual coincida en cuatro o más horas con el horario de apertura de los locales electorales, disfrutarán de un permiso retribuido de cuatro horas, que deberá disfrutarse dentro del horario de votación.

–    Si la jornada coincidiera en menos de cuatro horas, el permiso se reducirá al tiempo en que coincida con el horario laboral, y deberá disfrutarse dentro del horario de apertura de los locales electorales.

–    Estos permisos se reducirán proporcionalmente en su duración, si las personas trabajadoras que deseen ejercer su derecho a voto tienen reconocida para ese día una jornada inferior a la habitual, legal o convenida.

En las Islas Baleares:

–    Permiso retribuido de 2 horas para el personal cuyo horario laboral coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales.

–    Permiso retribuido de 3 horas para el personal cuyo horario laboral coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las mesas electorales.

–    Permiso retribuido de 4 horas para el personal cuyo horario laboral coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales.

Para justificar que has ido a votar y te den el permiso retribuido, una vez votes, deberás solicitar a tu mesa electoral el justificante acreditativo de haber ejercido tu derecho al voto para presentarlo en el trabajo y que no te descuenten el tiempo empleado en ello.

Uso pide destopar la jubilación forzosa

En el día de hoy USO ha enviado y registrado la siguiente solicitud a Elena Sánchez Caballero y a Marta Torralbo Liebanas. Esperamos no caiga en saco roto la aspiración de USO en el sentido de recuperar otro derecho que nunca debimos perder.

Teletrabajo, un conflicto más

Una vez conseguido el objetivo de recuperar la jornada semanal de 35 horas, USO vuelve a presentar otro Conflicto Colectivo para lograr como mínimo los tres días de teletrabajo para todos aquellos compañeros cuyo puesto así lo permita.

En sentencia anterior, el juzgado nos indicaba el camino a seguir en nuestra petición, y eso es precisamente lo que ahora hacemos. USO ha presentado este nuevo Conflicto para lograr la aplicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de mayo de 2022 en lo referente al teletrabajo, en sintonía con las medidas que las empresas y administraciones públicas deben propiciar para ahorrar y ser eficientes energéticamente. Os seguiremos informando.